Un cliente resbala en el piso mojado, cae y se fractura la muñeca. Pide que le paguen la atención médica y los días que no pudo trabajar. La pregunta es quién paga.
Lo cubre el seguro de responsabilidad civil, no el de incendio ni el de robo. Según el Código de Comercio, este seguro cubre lo que usted, como asegurado, deba pagar a terceros por los daños que les cause, incluso con culpa grave, y los gastos de defensa corren por cuenta de la aseguradora, salvo excepciones (arts. 752 y 753).
Tres reglas que conviene seguir desde el primer día:
- Avise a tiempo. El plazo para avisar el siniestro a la aseguradora es de 5 días hábiles desde que usted lo sabe (art. 718).
- No reconozca culpa ni pacte un pago por su cuenta. Si transige o reconoce responsabilidad sin aprobación previa de la aseguradora, puede perder la indemnización (art. 756). Atienda a la persona con cortesía, pero el acuerdo económico se coordina con la aseguradora.
- Sepa cómo puede reclamar el cliente. Puede demandarlo a usted y pedir que se cuente con la aseguradora en el juicio; no tiene una acción directa exclusiva contra ella (art. 757).
Un ejemplo. La atención médica cuesta USD 3.800 y el cliente reclama además USD 2.500 por los días sin trabajar. Si su póliza tiene un límite de USD 50.000 por evento y un deducible de USD 500, el reclamo se analiza dentro de ese límite. Sin la póliza, los USD 6.300 salen de la caja de su negocio.
Norma Código de Comercio (R.O. 497-S, 29-V-2019), arts. 718, 752, 753, 756 y 757
Que este caso entre o no depende de la póliza: si cubre daños a clientes dentro del local, el límite por evento y por año, el deducible y las exclusiones. Fotos, testigos y un registro de lo ocurrido tomados el mismo día facilitan cualquier reclamo.
Si está en este caso, el primer paso es revisar su póliza con nosotros, sin costo.
Respuesta general, con fines informativos. Lo que cubre cada seguro lo fijan las condiciones de su póliza.
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